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Institucional

Dicha Entidad fue fundada el 21 de septiembre de 1.975 e inscripta en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas con la denominación CÍRCULO DE RETIRADOS Y PENSIONADOS DE LA POLICÍA DE ENTRE RÍOS en fecha 21 de Abril de 1.978, mediante resolución Nº 077, y con número de Personería Jurídica 2.491.

Actualmente el CÍRCULO DE RETIRADOS Y PENSIONADOS DE LA POLICÍA DE ENTRE RÍOS está presidido por el Comisario General (R) Lic. Hugo Miguel Laurentino Miño.

Esta Institución se rige de acuerdo al Estatuto Social, el cual en sus primeros artículos resume el objetivo, misión y funciones principales de nuestro Círculo, allí enuncia lo siguiente:


Art.1º.- Con jurisdicción del ámbito de la Provincia de Entre Ríos, créase el “CÍRCULO DE RETIRADOS Y PENSIONADOS DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS”, cuya misión será de crear el nexo de unión entre personal retirados y pensionados, con la comunidad toda, tratando de fortalecer los lazos de servicio y participación dentro de la comunidad entrerriana, manteniendo como principal objetivo mejorar la situación social, integrando a la actividad privada a sus afiliados y familiares.

Art 2º.- Su representación estará conformada por una Comisión Directiva Central, integrada por afiliados activos electos, por el voto de la mayoría de sus representados, que tendrán como asiento cabecera la ciudad de Paraná, Capital de la provincia de Entre Ríos y contará con filiales en cada cabecera de Departamento, conforme lo determine el presente Estatuto.

Art. 3º.- Sus funciones son las siguientes:

  1. Consolidar los vínculos entre los integrantes de la Policía de la Provincia, que se encuentren en situación de retiro o pensión, con los activos de la fuerza y la comunidad toda.
  2. Mantener contacto con la Repartición Policial, a través de reuniones informativas, conferencias, festivales o cualquier otra forma que acreciente o establezcan mejoras o beneficios sociales, para sus afiliados y sus familiares.
  3. Contribuir a la expansión e integración socio-cultural de sus afiliados, con la comunidad entrerriana, con el fin de estrechar vínculos solidarios, que demuestre el grado de participación y apertura que tienen los servidores públicos con la sociedad plena.
  4. Estrechar lazos específicos y de camaradería con otras entidades que tengan fines similares cuya acción redunde en beneficios mutuos.
  5. Promover la creación de Filiales, en las cabeceras departamentales y delegacías en ciudades de la Provincia de Entre Ríos u otras Provincias que por el número de afiliados allí residentes así lo requieran.
  6. Realizar todos los actos y acciones que sean necesarios para lograr cumplir con los fines de su creación, y que no estén especialmente contemplados en el presente.